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Justicia condena a Migración por caso Jean Alain Rodríguez

La justicia condena a Migración por haber actuado de manera ilegal al impedir los viajes del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, junto a su familia durante los años 2020 y 2021. Esta decisión judicial surge a raíz de las restricciones impuestas antes de que se iniciara formalmente el proceso penal que actualmente enfrenta el exfuncionario, marcando un precedente sobre la aplicación de medidas administrativas sin el debido respaldo legal. La medida del tribunal busca corregir una acción considerada arbitraria.

El fallo provino de la Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que acogió una acción de habeas data presentada por el equipo de defensa de Rodríguez. Como resultado, se ha ordenado a la Dirección General de Migración (DGM) y a su director, Luis Rafael Lee Ballester, entregar el documento oficial que justificó la restricción de salida del país en noviembre de 2020 y junio de 2021.

Sanción económica por retraso

El tribunal no solo exigió la entrega de la documentación, sino que también impuso una multa solidaria. La sanción económica fijada es de 30,000 pesos por cada día que la Dirección General de Migración se retrase en cumplir con la orden de entregar el documento que avaló la alerta migratoria. Esta penalidad busca asegurar que la sentencia se cumpla sin demoras injustificadas.

Pruebas desmintieron la versión oficial

Durante el desarrollo del caso, la DGM, en aparente coordinación con la Procuraduría General de la República, negó haberle prohibido la salida del país a Jean Alain Rodríguez. Las autoridades alegaron en su momento que no existía ninguna alerta migratoria en su contra. Sin embargo, la defensa del exprocurador presentó un conjunto de pruebas que demostraron lo contrario y que fueron validadas por el tribunal.

Entre las evidencias presentadas se encontraban actas notariales, boletos de avión comprados, fotografías e incluso un video grabado en el aeropuerto que documentaba la situación. Una de las pruebas más contundentes fue una carta pública de la entonces procuradora, Miriam Germán Brito, donde reconocía la existencia de dichas alertas, contradiciendo la postura oficial de Migración.

Vulneración de derechos fundamentales

La sentencia judicial establece claramente que las acciones de la DGM vulneraron derechos fundamentales del señor Rodríguez, incluyendo su derecho a la dignidad y al honor. En consecuencia, el tribunal ha ordenado la restitución completa de sus garantías constitucionales a la mayor brevedad posible. La lectura íntegra de esta decisión está programada para el próximo 7 de octubre de 2025 al mediodía.

Los abogados de la defensa, Carlos Balcácer, Gustavo de los Santos Coll, Albert Delgado y Nelys Rivas, expresaron su satisfacción con el fallo. Consideran que la decisión es un reconocimiento judicial a los actos ilegales cometidos en perjuicio de su cliente y han instado a la DGM a acatar la sentencia.

Lo que significa esta decisión

Este caso pone de relieve cómo se pueden utilizar mecanismos administrativos para impedir viajes y restringir derechos sin una orden judicial, lo que representa una violación al principio de legalidad. La alerta migratoria se aplicó sin una notificación formal y antes de que existiera un proceso penal abierto contra el exfuncionario.

La DGM, según el periódico Diario Libre, ha comunicado que una vez reciba la notificación oficial de la sentencia, la estudiará para tomar las decisiones institucionales correspondientes, asegurando que se mantendrán atentos a sus responsabilidades.


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