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Motoristas podrían ir 20 años a prisión por esta peligrosa falta

Una nueva propuesta legislativa busca endurecer las sanciones para aquellos conductores de motocicletas que pongan en riesgo la vida de las personas al realizar maniobras temerarias, conocidas popularmente como “calibrar”, en las vías públicas. La medida, contemplada en el nuevo código penal pendiente de promulgación, establece penas de hasta veinte años de cárcel para quien cause la muerte de una persona mientras realiza este tipo de acrobacias ilegales.

Esta iniciativa surge como una respuesta directa al creciente número de accidentes y fatalidades vinculadas a estas prácticas irresponsables que se han vuelto comunes en diversas calles y avenidas del país, convirtiendo los espacios públicos en escenarios de peligro tanto para peatones como para otros conductores.

Nuevas penas para frenar las acrobacias mortales

El proyecto de ley es claro y contundente en su objetivo de sancionar con mayor severidad estas conductas. Las autoridades buscan enviar un mensaje firme de que la seguridad vial es una prioridad y que las acciones que atenten contra ella tendrán consecuencias legales significativas, dejando atrás las sanciones que hasta ahora eran consideradas leves por muchos.

¿Cuáles son las sanciones propuestas?

Según detalla la nueva normativa a los Motoristas podrían ir 20 años a prisión por esta peligrosa falta , las penas se aplicarán dependiendo de la gravedad del resultado del accidente. En el caso más trágico, si un motorista causa la muerte de una o más personas mientras realiza carreras o acrobacias ilegales, enfrentará una sentencia de diez a veinte años de prisión mayor. Además de la pena de cárcel, se le impondrá una multa económica que oscila entre veinte y treinta salarios mínimos del sector público.

La ley también contempla los casos en que no hay fallecimiento pero sí lesiones graves. Si el accidente provoca mutilaciones o algún tipo de incapacidad permanente a la víctima, el responsable podría ser condenado a una pena de cinco a diez años de prisión y una multa de diez a veinte salarios mínimos. Para los casos con consecuencias menores, como golpes o heridas que no dejen secuelas graves, la sanción sería de dos a tres años de prisión menor, acompañada de una multa de nueve a quince salarios mínimos.

Esta información, proveniente de una publicación del portal N.com.do, fue destacada por el diputado Carlos de Pérez, quien participó activamente en la comisión que estudió la pieza legislativa. El legislador enfatizó la importancia de promover el uso adecuado y responsable de las motocicletas para prevenir tragedias y garantizar la tranquilidad en las vías.

La sociedad espera que la promulgación de este nuevo código penal marque un antes y un después en la lucha contra la imprudencia al volante de los Motoristas.


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